TERMINOS Y CONDICIONES

Programa Prexitos – Rueda de Premios

PRIMERO. (Ámbito Subjetivo)

Econstar S.A. (en adelante “PREX” o el “ORGANIZADOR) organiza el certamen “Rueda de Premios – Programa Prexitos” (en adelante el “CERTAMEN”) sujeto a los presentes términos y condiciones.

Podrá participar en el certamen “Rueda de Premios” cualquier tenedor de tarjeta “PREX”, mayor de 18 años (en adelante el “PARTICIPANTE”). Adicionalmente se requiere que el PARTICIPANTE sea adherente al programa “Prexitos”, habiendo aceptado las Bases y Condiciones del Programa de Gamificación “Prexitos”, así como también las presentes bases y condiciones particulares.

SEGUNDO. (Vigencia).

El CERTAMEN se encontrará vigente desde las 00:00 del día 1° de diciembre de 2020, hasta agotar stock de ruedas disponibles y premios, en todo caso sujeto al cumplimiento de los presentes términos y condiciones.

PREX podrá facultativamente extender el plazo del CERTAMEN, así como establecer sucesivas rondas de vigencia renovando los beneficios disponibles.

Sin perjuicio de la vigencia preestablecida, el ORGANIZADOR podrá suspender definitiva o transitoriamente el CERTAMEN, así como introducir las modificaciones que entienda convenientes, en caso de configurarse fehacientemente supuestos de caso fortuito, fuerza mayor, fraude o “hackeo” de sistemas informáticos, sin incurrir en responsabilidad alguna con los participantes.

TERCERO. (Mecánica del certamen).

Durante la vigencia del CERTAMEN los adherentes al Programa “Prexitos” podrán utilizar un número predeterminado de “Prexitos” para interactuar con la “rueda de premios”. La rueda se presenta en la aplicación, visualizando distintos beneficios por cada casillero. La interacción con la “rueda de premios” podrá devenir en la obtención de un beneficio determinado, de acuerdo con la casilla resultante de la interacción el participante con la “rueda de premios”.

Durante la vigencia del CERTAMEN, o sus sucesivas renovaciones, el PARTICIPANTE podrá acumular “Prexitos” mediante la utilización de su tarjeta PREX – MASTERCARD, emitida en la República Oriental del Uruguay, bajo las siguientes condiciones exclusivamente:

Los valores antes indicados no incluyen tarifas por el uso del servicios ni impuestos.

Quedan excluidas del CERTAMEN, y por tanto no generan “Prexitos” las siguientes operaciones: compras no presentadas, cambio de moneda, transferencias bancarias, transferencias “Prex a Prex”, recargas, retiros internacionales, compra y venta de criptomonedas y operaciones de pago de facturas en redes de cobranza físicas y online.

No obstante, de manera eventual y temporal, podrán definirse otras formas de generación de Prexitos más beneficiosas a las expresadas, las que serán debidamente comunicadas con sus fechas específicas, en las vías oficiales de Prex.

CUARTO. (Vencimiento de los “Prexitos”).

Los “Prexitos” caducarán al finalizar el mes en el que fueron generados, independientemente de la vigencia del CERTAMEN y sus sucesivas prórrogas o rondas. Consecuentemente, el participante podrá únicamente utilizar sus “Prexitos” para interactuar con la “Rueda de Premios”, durante el mes de su generación, y siempre y cuando exista una ronda de CERTAMEN vigente.

QUINTO. (Beneficios).

Todo beneficio devenido de la “rueda de premios” caducará según lo especificado en cada premio. Por lo tanto, será carga del PARTICIPANTE obtener el beneficio antes de ese término, vencido el cual se reputará como desistido, sin devengar derecho adicional alguno. El PARTICIPANTE podrá desestimar el beneficio expresa o tácitamente por vencimiento del plazo de caducidad, pero no generará correlativamente derecho alguno por dicho desistimiento.

Durante la vigencia de cada ronda del CERTAMEN estarán disponibles los siguientes beneficios, cada ronda de Rueda podrá incluir o no, alguno de estos beneficios, los cuales se disponibilizarán en función de la Ronda. Otros beneficios podrán ser incluidos, todo lo cual será oportunamente comunicado a través de los canales oficiales. Beneficios disponibles hasta agotar Stock de presupuesto asignado.

SEXTO. (Liberación de Responsabilidad).

El ORGANIZADOR, no será responsable por daños, perjuicios o pérdidas ocasionados por cualquier motivo a los PARTICIPANTES ganadores o terceros, en sus personas o bienes, originados en el uso de los beneficios recibidos.

Consecuentemente el ORGANIZADOR no responde por las obligaciones de los proveedores de los beneficios - ya sea directamente, o por los productos que se adquieren en función de los mismos - ni otorga garantía alguna por ninguno de ellos, siendo la única garantía de los productos y servicios aquella que otorguen los proveedores o prestadores de los mismos. Se deja expresa constancia que el ORGANIZADOR no es agente, representante, garante o asociado a las marcas o a las empresas que comercializan los beneficios.

SEPTIMO. (Disposiciones generales).

Los presentes términos y condiciones y podrán ser modificados a criterio del ORGANIZADOR, mediante los procedimientos de comunicación habitual referidos en los términos y condiciones del servicio.

La mera participación en la promoción implica conocimiento y aceptación de estas bases y condiciones. En consecuencia, el ORGANIZADOR no será responsable, en ningún caso, de reclamos que tuviere como fundamento la falta de información o el manejo de información desactualizada.

Por cualquier cuestión que pudiera derivarse de la realización de la presente promoción, los PARTICIPANTES y el ORGANIZADOR se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de Montevideo.

Programa de gamificación - Prexitos de Prex

PRIMERO. (Generalidades).

1.1. “Econstar S.A.” (en adelante “PREX”) ha creado un programa de “Gamificación” para sus “Clientes” tenedores de la tarjeta Prex que deseen participar; en adelante denominado como el “Programa”. El “Programa” se fundamenta en la “Gamificación” pudiendo brindar o no otros beneficios a los “Clientes”. “El Programa” se encuentra regulado por el presente marco regulatorio y las condiciones particulares que puedan establecerse para ciertas acciones de gamificación o beneficios (en adelante las “Bases”).

1.2. La participación en el “Programa” y/o la recepción de cualquier “Beneficio”, implica el íntegro conocimiento y aceptación de las “Bases”, así como de las decisiones que conforme a derecho adopte “PREX” sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. “PREX” tendrá derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las “Bases”, sin afectar la esencia del “Programa” y los “Beneficios”. Cualquier modificación a las “Bases” será ajustada a la legislación vigente y debidamente notificada a los “Clientes”.

SEGUNDO. (Participación).

2.1. Podrán participar del programa “Prexitos” cualquier tenedor de la tarjeta “PREX”, mayor de dieciocho años, que exprese su voluntad de adherirse al programa mediante los medios establecidos por “PREX” y que acepte la “Bases”.

2.2. Únicamente se podrá participar en el “Programa” los “Clientes” usuarios de la aplicación para “smartphone” de “PREX”, cuando se encuentre habilitado el mecanismo de participación, el cual será a través de la aplicación, sin perjuicio que en el futuro “PREX” pueda establecer otros medios.

TERCERO. (Los Prexitos).

3.1. “Los Clientes” mediante la utilización de la tarjeta Prex podrán obtener “Prexitos”; determinado número de “Prexitos” podrán dar derecho a ciertas acciones de premios o a beneficios.

3.2. Los mecanismos de generación de los “Prexitos” serán regulados según lo determinado en “CUARTO”, sin perjuicio que en cada acción que inicie “PREX” podrá establecer diferentes mecanismos que serán debidamente informados. No existe ni se establece un mecanismo determinado fijo para la generación de los “Prexitos”.

3.3. “Los Clientes” adherentes al “Programa” tendrán una cuenta personal de “Prexitos” donde podrán visualizar la cantidad de “Prexitos” generados.

3.4. “Los Prexitos” podrán ser utilizados cuando la App tenga habilitada la Opción. Asimismo, “Los Prexitos” caducarán de manera mensual, por tanto, la cuenta personal del cliente que refleja la cantidad de “Prexitos” volverá a “0” eliminando la totalidad de “Prexitos” generados cada mes.

3.5. “Los Prexitos” no constituyen de manera directa ni indirecta, valor monetario alguno ni es convertible de manera alguna a valor monetario alguno, constituye un elemento lúdico que representa únicamente la posibilidad de participar en juegos lúdicos y en ciertos casos pueden dar derecho a “Beneficios” regulados según las “Bases”.

3.6. “Los Prexitos” no serán transferible de forma o modo alguno.

CUARTO. (Generación de Prexitos).

4.1. “PREX” de manera unilateral determinará los mecanismos de generación de “Prexitos”, pudiendo establecer nuevos mecanismos, modificar o eliminar mecanismos existentes, a tales efectos será suficiente con la publicación y notificación a los “Clientes” de los mecanismos de generación.

4.2. En la App de “Prex” se establece los mecanismos de generación de “Prexitos” vigentes. Únicamente se generarán “Prexitos” según los mecanismos publicados en la “App” referenciada, todo cambio de la forma de generación será de aplicación inmediata desde la publicación de la modificación en la App referida.

4.3. Cualquier generación de “Prexitos” que este causada en errores o fallas del sistema informático cualquiera sea la causa o responsable, se considerará nulo. Misma nulidad tendrá la generación de “Prexitos” originada en una manipulación, alteración o irregularidad que realice el “Cliente” o terceros, incumpliendo las “Bases”, la seguridad informática o intentando de manera directa o indirecta engañar a “PREX” y sus sistemas informáticos. “PREX” de manera unilateral determinará cuando se ha producido alguna de las situaciones referidas.

4.4. “Los Prexitos” utilizados por el “Cliente” según lo determinado en las “Bases” serán deducidos de su cuenta personal.

QUINTO. (Los Beneficios).

5.2. Acciones concretas del “Programa” podrán estar dirigidas a un grupo de “Clientes” determinados, no teniendo que ser las acciones del “Programa” necesariamente generales. Sin perjuicio de ello, en caso de existir acciones a grupos de “Clientes”, los grupos deberán determinarse por elementos objetivos, estando prohibido la elección discrecional de un “Grupo”.

5.3. Los mecanismos, forma y regulación de los “Beneficios” serán comunicados por “PREX” ante cada acción.

5.4. En caso de que “PREX” otorgue “Beneficios” que signifiquen para el “Cliente” obtener un producto o servicio, se aplicarán las siguientes regulaciones:

a) En caso de productos, “PREX” no garantiza elemento alguno del producto, limitándose únicamente a informar al “Cliente” los datos del importador o fabricante que deberá responder por el “Producto” según las normativas aplicables.

b) En caso de servicios, “PREX” no garantiza elemento alguno del servicio, limitándose únicamente a informar al “Cliente” los datos del prestador del servicio, siendo de exclusiva responsabilidad del “Cliente” evaluar todos los aspectos que sean de su interés a efectos de tomar o no el servicio.

c) En caso de beneficios directos de Prex, se estará a las bases y condiciones establecidas en cada Premio Obtenido.

5.5. Las entregas o coordinaciones de productos y servicios serán realizadas según lo que “PREX” informe en cada caso, pudiendo existir costos asociados, los cuales serán previamente informados y requerirían el consentimiento del “Cliente” para devengarse.

SEXTO. (Prohibición).

No podrán participar del presente programa las personas menores de 18 años, ni el personal de “PREX.”

SÉPTIMO. (Autorización de Uso de Imágenes).

La participación del presente programa implicará que los “Clientes” que obtengan “Beneficios” o resulten ganadores en acciones de “Gamificación”, autorizan expresamente a “PREX” para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de imagen, voz y datos personales en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con la única finalidad de comunicar el “Programa” desde la entrega del “Beneficio” y hasta 180 días luego de su culminación, sin derecho a compensación de ninguna especie.

OCTAVO. (Datos Personales).

El organizador obtendrá los datos personales de los participantes y solicitará a estos que otorguen su consentimiento documentado a efectos de ser incluidos en una base de datos con la finalidad de hacerle llegar información de productos o servicios de “Prex” o de terceras partes, pero siempre a través de “Prex”. Solo se incorporarán los datos de los participantes que brinden su consentimiento expreso y documentado. La base de datos creada en base a esta promoción cumplirá en un todo con lo dispuesto por la ley 18.331.

NOVENO. (Modificaciones).

9.1. Las presentes Bases podrán ser modificadas sin previo aviso a criterio de “Prex”, siempre que sean publicadas a través de los medios oficiales de comunicación y se actualicen en la aplicación para smartphone de Prex notificando al Cliente mediante la aplicación o a su correo electrónico registrado.

9.2. Las nuevas bases entrarán en vigencia a las 48 horas corridas desde que se perfeccione lo establecido en 10.1.

9.3. El mecanismo previsto no será de aplicación para la modificación del sistema de generación de “Prexitos” el cual se regulará según lo dispuesto en “CUARTO”.

DÉCIMO. (Suspensión - Finalización).

10.1. “PREX” podrá finalizar o suspender definitiva o transitoriamente “El Programa”, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y características del mismo, en caso de configurarse el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor o detecte un fraude o hackeo en su sistema informático, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los participantes.

10.2. “PREX” podrá finalizar o suspender definitiva o transitoriamente “El Programa”, en cualquier momento y sin expresión de causa, debiendo únicamente cumplir con las operaciones de “Prexitos” que hayan sido perfeccionadas, pero estén pendientes de cumplimiento al momento de enviada la notificación por parte de “Prex” a sus “Clientes”.

10.3. “Prex” podrá eliminar o suspender a cualquier “Cliente” que se detecte de manera fehaciente que ha realizado fraude o corrompido de alguna manera el sistema de participación o ha incumplido con las presentes “Bases”.

DÉCIMO PRIMERO. (Jurisdicción).

Por cualquier cuestión que pudiera derivarse de la realización de la presente promoción, los participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de Montevideo.