A partir del
1.º de enero de 2026, según la normativa vigente en
Uruguay, se aplica el
Impuesto a la Renta de las
Personas Físicas (IRPF) a determinadas operaciones de
Cripto e
Inversiones (acciones y ETFs) realizadas por
personas
residentes fiscales en Uruguay.
¿A quiénes aplica?
Aplica únicamente a personas físicas
residentes fiscales en Uruguay.
Si no sos residente fiscal, este cambio no se aplica y no vas a ver
retenciones por este concepto.
¿En qué situaciones se aplica el impuesto?
El IRPF puede aplicarse en dos casos:
- Ventas con ganancia (Cripto e Inversiones): cuando al vender
existe una ganancia, es decir, una diferencia positiva
entre el valor de venta y el costo base. Si no hay ganancia, no se
aplica IRPF.
- Dividendos (Inversiones): cuando recibís dividendos
asociados a tus inversiones.
¿Qué retenciones vas a ver en Prex?
- En ventas con ganancia, se retiene el 8 % sobre la
ganancia positiva
de cada operación.
- En dividendos, se aplica una retención del 8 % (antes
era del 12
%).
Las alícuotas mencionadas aún se encuentran pendientes de reglamentación,
por lo que podrían sufrir variaciones.
¿Dónde puedo ver esta información?
El detalle aparece bajo el concepto
“Impuesto IRPF” al momento de
realizar
la venta o recibir el dividendo.
El monto retenido se descuenta del producido de la operación o del pago del
dividendo, según corresponda.
¿Qué es el costo base y cómo se calcula?
El costo base es el valor que se usa para determinar si una operación tuvo
ganancia o no:
- Para activos adquiridos antes del 01/01/2026, se toma como
referencia el
valor al 31/12/2025.
- Para activos comprados desde el 01/01/2026, se utiliza el
precio
real de
compra de cada operación.
Importante
Prex no brinda asesoramiento tributario. Esta información puede estar sujeta
a definiciones reglamentarias o criterios
de aplicación.
Si necesitás más información, escribinos a info@prexcard.com